Artículo 118 TR de la Ley...País Vasco

Artículo 118 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco

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Artículo 118.- Cuota.

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La tasa se exigirá según la siguiente tarifa (euros):

1.- Autorización o recepción de la declaración responsable e inscripción de empresas de seguridad: 383,18.

2.- Modificación en el asiento de inscripción del domicilio social, de la forma jurídica, ámbito territorial de actuación y ampliación de actividades, incluidos desplazamiento e informe por personal de la Administración: 269,21.

3.- Modificación en el asiento de inscripción del capital social, titularidad de acciones o participaciones, modificaciones estatutarias, variaciones de la composición personal de sus órganos de administración y dirección y en la uniformidad del personal de seguridad: 115,94.

4.- Autorización de apertura de delegaciones de empresas de seguridad: 145,44.

5.- Recepción de la declaración responsable e inscripción de despachos de detectives y autorización de sucursales: 350,41.

6.- Recepción de la declaración responsable e inscripción de los centros de formación y actualización del personal de seguridad privada: 350,41.

7.- Autorización de la prestación de servicios de escoltas privados: 216,18.

8.- Autorización de la prestación de servicios de vigilancia con armas por vigilantes de seguridad y por guardas rurales: 216,18.

9.- Autorización de la prestación de servicios de seguridad en polígonos industriales o urbanizaciones, complejos o parques comerciales y de ocio, acontecimientos culturales, deportivos o cualquier otro evento de relevancia social que se desarrolle en vías o espacios públicos o de uso común, y en recintos y espacios abiertos delimitados: 216,18.

10.- Autorización de la implantación de un servicio sustitutivo de vigilantes de seguridad: 216,18.

11.- Autorización para la prestación de servicios de custodia de llaves de vehículos: 216,18.

12.- Autorizaciones de apertura o comunicación de reformas sujetas a comprobación de establecimientos e instalaciones obligadas a disponer de medidas de seguridad, dispensa de medidas de seguridad y, en general, cualquier autorización o comprobación que implique desplazamiento o informe del personal de la Administración: 216,18.

13.- Expedición de certificaciones: 23,60.

14.- Compulsa de documentos y diligenciado de libros: 4,41.