Articulo 119 Reforma del Estatuto de Autonomia de las Illes Balears
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»Artículo 119. Protocolos de carácter cultural.
Vigente
La Comunidad Autónoma de las Illes Balears podrá suscribir protocolos para la celebración de actos de carácter cultural en otras comunidades autónomas, especialmente con las que se comparten la misma lengua y cultura.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-03-2007 en vigor desde 02-03-2007