Articulo 119 Régimen específico de tasas

Articulo 119 Régimen específico de tasas

Ver Indice
»

Artículo 119. Sujeto pasivo.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Serán sujetos pasivos aquellos a los que se prestan los servicios a que se refiere el hecho imponible.

Modificaciones