Articulo 119 TR. de la ley de urbanismo de Aragón
Ver Indice
»Artículo 119. Competencias.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La ejecución del planeamiento urbanístico corresponde a los municipios y se desarrollará conforme a lo establecido en esta Ley.
2. La ejecución de los planes y proyectos de interés general de Aragón corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma conforme a lo establecido en la normativa reguladora de los mismos.
