Articulo 12 115 DLeg 3/...s públicos

Articulo 12 115 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos

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Artículo 12. 11-5. Cuota.

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1. La cuota de la tasa es la siguiente:

a) Por cada solicitud de distintivo de garantía de calidad ambiental: 392,05 euros.

b) Por cada solicitud de renovación del distintivo de garantía de calidad ambiental: 261,45 euros.

2. Pueden aplicarse a la cuota las siguientes bonificaciones, que son acumulables:

a) Reducción del 50% si el sujeto pasivo es una microempresa o una pequeña o mediana empresa, según la definición establecida por la Recomendación 2003/361 /CE de la Comisión.

b) Reducción del 15% a los sujetos pasivos que acrediten disponer de la certificación EMAS o ISO 14001.

Modificaciones