Articulo 12 153 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 12.15-3. Acreditación.
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La tasa se acredita en el momento del otorgamiento de la autorización de emisiones de gases de efecto invernadero y es exigible por adelantado en el momento en que se formula la solicitud.
Modificaciones
- Artículo modificado (12.15-3) por LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
(GC de 30-04-2020) en vigor desde 01-05-2020
