Articulo 12 21 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 12. 2-1. Hecho imponible.
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Constituye el hecho imponible de esta tasa el otorgamiento de permisos de caza mayor y menor en las zonas de caza controlada del territorio de Cataluña.
Modificaciones
- Artículo modificado (12.2-1) por LEY 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
(GC de 13-03-2015) en vigor desde 14-03-2015
