Articulo 12 51 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 12. 5-1. Hecho imponible.
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Constituye el hecho imponible de la tasa el otorgamiento de permisos para utilizar un observatorio fijo de fauna salvaje dentro de las reservas nacionales de caza y las reservas de caza con la finalidad de fotografiar o filmar fauna salvaje.
