Articulo 12 Accesibilidad universal de Extremadura
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»Artículo 12. Medidas de acción positiva en la comunicación.
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1. Las plazas reservadas a personas con discapacidad sensorial se ubicarán en los lugares de mayor visibilidad y audición, de manera que se aumenten las posibilidades de que se establezca una mejor comunicación.
2. En los lugares donde se ubiquen los puntos de información y/o atención al público, al menos uno de ellos deberá estar acondicionado para su utilización por todas las personas.
