Articulo 12 Actividades feriales de Cataluña
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»Artículo 12. Registro de Actividades Feriales.
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1. El Registro de Actividades Feriales tiene por objeto recoger la información de estas actividades a los efectos de dar soporte y promoción.
2. La Administración de la Generalidad es responsable del Registro de Actividades Feriales, en el que se inscriben de oficio las actividades feriales comunicadas.
Modificaciones
- Artículo modificado (12) por DECRETO LEGISLATIVO 3/2010, de 5 de octubre, para la adecuación de normas con rango de ley a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
(GC de 06-10-2010) en vigor desde 07-10-2010
