Articulo 12 Agraria de C León

Articulo 12 Agraria de C. León

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Artículo 12. Carácter estratégico de las actividades de investigación, desarrollo e innovación en los sectores agrario y agroalimentario.

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La promoción y el fomento de la investigación científica, el desarrollo y la innovación tecnológica en los sectores agrario y agroalimentario de Castilla y León constituyen una prioridad para la política agraria de la Comunidad.