Articulo 12 Aportación económica de los usuarios a la financiación de los servicios por estancia en centros para la tercera edad
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»Artículo 12. Personas obligadas al pago.
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Están obligadas al pago de la tarifa y, en su caso, de la deuda contraída, las personas usuarias de los centros propios y concertados y al reintegro de las prestaciones económicas, las personas perceptoras de las mismas.
En caso de incapacidad declarada judicialmente, el pago o reintegro lo realizará el representante legal con cargo al patrimonio de aquéllas.
