Artículo 12 se aprueban las directrices y criterios comunes de los planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales
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»Artículo 12. De las modalidades de ejecución de los trabajos.
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Los planes anuales indicarán, para cada trabajo preventivo programado, su modalidad de ejecución, en función del estado legal de los terrenos, mediante convenios, acuerdos, cesión temporal de los terrenos a la Administración, ayudas o subvenciones o, en su caso, ejecución subsidiaria por la Administración. Preferentemente, esta información se añadirá directamente a los trabajos preventivos que se incluyan en el plan de acuerdo con el apartado 10 de estas directrices y criterios comunes.
