Artículo 12 se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
- Derogada por Resolución de 22 de julio de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 7/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico. - Resolución de 22 de julio de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 7/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico.
Artículo 12. Conexión de instalaciones de almacenamiento.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Uno. Se añade un apartado 13 al artículo 33 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, con la siguiente redacción:
«13. Los permisos de acceso y conexión de las instalaciones de almacenamiento serán permisos de acceso flexibles desde la perspectiva de demanda.»
Dos. Se añade un último párrafo al artículo 39.3 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico con la siguiente redacción:
«A los efectos de lo previsto en este apartado no tendrán consideración de consumidor aquellas instalaciones que se traten exclusivamente de instalaciones de producción de energía eléctrica hibridadas con instalaciones de almacenamiento que, de conformidad con lo recogido en su permiso de acceso, puedan consumir energía eléctrica de la red. De igual modo, tampoco tendrán consideración de consumidor a estos efectos las instalaciones de almacenamiento aisladas que consuman e inyecten energía eléctrica de la red.»
