Articulo 12 Archivos y gestión de documentos
- A partir de la entrada en vigor de la Ley 20/2015, de 29 de julio, esta norma ha de ser citada como Ley de archivos y gestión de documentos. - LEY 20/2015, de 29 de julio, de modificacion de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y documentos.
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»Artículo 12. Inalienabilidad, inembargabilidad e imprescriptibilidad.
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1. Los documentos públicos no pueden ser alienados ni embargados, y los derechos de quienes son titulares de los mismos no prescriben.
2. Cuando los titulares de documentos públicos tengan conocimiento de la existencia de documentos propios en posesión de terceros deben tomar las medidas legales pertinentes para recuperarlos.
