Articulo 12 Autorización y acreditación de servicios sociales de atención a personas mayores y personas con discapacidades
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»Artículo 12. Servicios residenciales.
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Los servicios residenciales son servicios de acogimiento residencial y asistencia integral que ofrecen prestaciones de alojamiento, manutención, higiene, atención y apoyo para las actividades de la vida diaria, con la función de sustituir el hogar habitual de manera permanente o temporal con el fin de mejorar las condiciones de vida, tanto de las personas mayores o personas con discapacidades como de las familias.
