Articulo 12 Caza de C. León -Derogada-
- Norma vigente hasta el 8 de agosto de 2021. - LEY 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestion Sostenible de los Recursos Cinegeticos de Castilla y Leon.
- Las referencias que esta ley hace a la Orden Anual de Caza, han de entenderse realizadas al Plan General de Caza de Castilla y León. - LEY 9/2019, de 28 de marzo, de modificacion de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autonoma de Castilla y Leon.
Artículo 12. Daños producidos por las piezas de caza.
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1. La responsabilidad por los daños producidos por las piezas de caza en los terrenos cinegéticos, en los refugios de fauna y en las zonas de seguridad se determinará conforme a lo establecido en la legislación estatal que resulte de aplicación. La responsabilidad por los accidentes de tráfico provocados por las especies cinegéticas se determinará conforme a la normativa sobre tráfico y seguridad vial vigente.
2. La responsabilidad por los daños producidos por las piezas de caza, excepto cuando el daño sea debido a culpa o negligencia del perjudicado o de un tercero, corresponderá en los terrenos vedados a sus propietarios.
3. Se entiende, a los efectos de esta ley, que el titular cinegético o arrendatario en su caso, cumple los requisitos de debida diligencia en la conservación de los terrenos cinegéticos acotados cuando tenga aprobado el correspondiente instrumento de planificación cinegética y su actividad cinegética se ajuste a lo establecido en éste. Reglamentariamente podrán establecerse otros requisitos de índole administrativa o de buenas prácticas cinegéticas.
- Modificación realizada (12 (apdo. 3)) por LEY 19/2010, de 22 de diciembre, de Medidas Financieras y de Creación del Ente Público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León.
(CL de 23-12-2010) en vigor desde 01-01-2011 - Modificación realizada (Artículo 12 (apdo. 1)) por LEY 10/2009, de 17 de diciembre, de Medidas Financieras.
(CL de 18-12-2009) en vigor desde 01-01-2010 - Modificación realizada (Artículo 12) por Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras.
(CL de 29-12-2005) en vigor desde 01-01-2006 - Artículo modificado (Artículo 12 (apdo. 2)) por Ley 14/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas.
(CL de 31-12-2001) en vigor desde 01-01-2002
