Articulo 12 Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco
Ver Indice
»Artículo 12. Eficacia de los pagos a cuenta.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
A efectos de la liquidación del Impuesto sobre la Renta del perceptor, tendrán validez los pagos a cuenta que se hayan realizado en uno y otro territorio, sin que ello implique, caso de que dichos pagos se hubieran ingresado en Administración no competente, la renuncia de la otra a percibir la cantidad a que tuviera derecho, pudiendo reclamarla a la Administración en la que se hubiera ingresado.
