Artículo 12 Cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial
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»Artículo 12. Orden público
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Solo podrá excluirse la aplicación de una disposición de la ley designada en virtud del presente Reglamento si esta aplicación es manifiestamente incompatible con el orden público del foro.
