Articulo 12 D 584/1972, d...ronáuticas

Articulo 12 D. 584/1972, de 24 de febrero, Servidumbres aeronáuticas

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Artículo duodécimo.

Vigente

Las instalaciones radioeléctricas aeronáuticas, a que se refiere este Decreto, se clasifican en los siguientes grupos:

I. Comunicaciones.

II. Ayudas a la navegación aérea.