Articulo 12 Decreto49/2014,de11deseptiembre,porelqueseregulanlassubvencionesalarehabilitacióndeviviendas,alapromocióndealojamientosprotegidos,alaadquisiciónypromocióndeviviendasprotegidasyalaerradicacióndelchabolismoenCantabria.
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»Artículo 12. Silencio administrativo.
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1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de los procedimientos previstos en el presente Decreto es de 3 meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de sus correspondientes solicitudes.
2. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entenderla desestimada.
