Articulo 12 Derecho a la vivienda
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»Artículo 12. Los Planes Municipales de Vivienda.
Vigente
Los planes municipales de vivienda son el instrumento para la planificación y gestión eficaz del conjunto de actuaciones que en materia de vivienda desarrollan las entidades locales y contendrán las propuestas y los compromisos municipales en política de vivienda.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-09-2010 en vigor desde 08-09-2010