Artículo 12 Se desarrolla la ley reguladora del Fondo de Cooperación Municipal de los Municipios y Entidades locales Menores de la Comunitat Valenciana
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»Artículo 12. Distribución para las entidades locales menores de la Comunitat Valenciana
Vigente
En el supuesto de los municipios que cuentan con entidades locales menores, una vez calculada la asignación correspondiente al municipio conforme a las reglas contenidas en los artículos anteriores, ésta se distribuirá entre el ayuntamiento correspondiente y las entidades locales menores con las que este cuente, en proporción al número de habitantes de derecho de cada uno de ellos.

