Articulo 12 Desarrollo de...s competen

Articulo 12 Desarrollo del Decreto 15/2010, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, el procedimiento para la elaboración del programa individual de atención y la organización y funcionamiento de los órganos técnicos competen

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Artículo 12. Intensidades de los servicios.

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1. La intensidad de los servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se establecerá en el correspondiente programa individual de atención. La intensidad se determinará por el contenido prestacional de cada uno de los servicios asistenciales y por su duración o extensión según el grado y nivel de dependencia reconocido, en los términos establecidos en los artículos siguientes.

2. Se entienden por servicios asistenciales los que tiene que recibir la persona en situación de dependencia para su atención y cuidado personal en la realización de las actividades de la vida diaria, así como los que tienen como finalidad la promoción de su autonomía personal.