Articulo 12 Desarrollo de...s técnicos

Articulo 12 Desarrollo de la Ley 4/2007, de coordinación de policías locales, en materia de uniformidad, acreditación y medios técnicos

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Artículo 12. Tipos de uniformidad.

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1. Se establecen dos tipos de uniformidad: de trabajo y de gala o de representación. En los ayuntamientos que así lo consideren, por tradición o protocolo especial, podrán establecer una uniformidad especial de gran gala, en función de las características y necesidades concretas.

2. El catálogo de piezas de ambos tipos será común para todos los cuerpos de policía local. Mientras que en la uniformidad especial de gran gala cada ayuntamiento diseñará la suya específica.