Articulo 12 Desarrollo del programa escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche
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»Artículo 12. Costes subvencionables.
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1. Podrán recibir ayudas los costes relacionados en el artículo 4.1 del Reglamento delegado (UE) 2017/40.
2. Los costes a los que hace referencia el artículo 4.1.f) del Reglamento delegado (UE) 2017/40, se consideran incluidos en los costes de la letra a) del artículo 4.1 de dicho reglamento delegado.
3. No podrán recibir ayuda de la Unión Europea los gastos previstos en el artículo 4.3 y 4.4 del Reglamento delegado (UE) 2017/40.
