Articulo 12 Ejercicio de ...n Cataluña

Articulo 12 Ejercicio de las profesiones del deporte en Cataluña

  • Las referencias que la presente ley hace a los animadores o monitores deportivos profesionales se entienden hechas a los monitores deportivos y las referencias que hace a los entrenadores profesionales se entienden hechas a los entrenadores deportivos.
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Artículo 12. Otros requisitos

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1. Los requisitos de titulaciones para el ejercicio de las profesiones del deporte que regula la presente ley se entienden sin perjuicio de cualquier otra licencia, autorización o título exigible de conformidad con la legislación vigente.

2. En caso de que la actividad profesional del deporte se ejerza al margen de la correspondiente organización federativa, no es exigible ninguna licencia federativa.