Articulo 12 Estadística de C León

Articulo 12 Estadística de C. León

Ver Indice
»

Artículo 12.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Comisión de Estadística de Castilla y León es el órgano de coordinación estadística de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

2. Corresponderá a la Comisión de Estadística de Castilla y León la fijación de las directrices marco que en materia estadística desarrollarán la Dirección General de Estadística y las unidades estadísticas de las Consejerías y de las entidades públicas.