Articulo 12 Estatuto de los Consumidores y Usuarios de I. Balears -Derogada-
Ver Indice
»Artículo 12. Derecho a reclamar y a resarcirse por los daños y perjuicios sufridos.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Los consumidores tienen derecho, de conformidad con la legislación vigente, a la reparación de los daños y perjuicios que puedan sufrir como consecuencia de la adquisición o utilización de bienes, productos y servicios.
2. Sin perjuicio del derecho a acudir directamente a la vía judicial, los consumidores y las asociaciones de consumidores podrán dirigirse a las Administraciones Públicas, a fin de ser atendidos y obtener la información necesaria sobre las formas de protección de sus derechos e intereses.
