Articulo 12 Estatutos del Organismo Autonómo Hacienda Tributaria
Artículo 12. Funciones.
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El Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra ejercerá las siguientes funciones:
a) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Gobierno y de su Presidente así como adoptar, en casos excepcionales o de urgencia, las providencias y resoluciones necesarias, dando cuenta de las mismas al Consejo de Gobierno en la sesión próxima que se celebre.
b) La dirección, gestión integrada y organización interna de las actividades y órganos de la Hacienda Tributaria de Navarra con el objeto de prestar unos servicios eficientes y de calidad.
c) La representación ordinaria del Organismo.
d) La jefatura del personal adscrito al Organismo Autónomo.
e) Informar las propuestas que motiven la resolución de expedientes por el Consejero de Economía y Hacienda.
f) Celebrar convenios y conciertos con otras entidades y organismos.
g) Elaborar la Memoria Anual de la Hacienda Tributaria de Navarra y los programas de actuación de la misma.
h) Elaboración del anteproyecto de los presupuestos de ingresos y gastos del Organismo Autónomo.
i) Celebrar los contratos públicos de la Hacienda Tributaria de Navarra, y ejercer el resto de las facultades para la celebración de contratos que la normativa vigente sobre contratación administrativa, atribuye a los representantes de los organismos autónomos.
j) La autorización y disposición de los gastos y el reconocimiento de obligaciones de pago.
k) Resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial del Organismo Autónomo.
l) Velar por la mejora de los métodos de trabajo, la introducción de las innovaciones tecnológicas aplicables, la imagen corporativa, la conservación y mantenimiento de los centros, instalaciones y equipos y la optimización de los ingresos y gastos.
m) Celebrar los contratos laborales y administrativos del personal al servicio de la Hacienda Tributaria de Navarra, cuando lo permita la disponibilidad de medios humanos y materiales.
n) Proponer las relaciones de los puestos de trabajo de la plantilla orgánica y oferta de empleo público de la Hacienda Tributaria de Navarra, para su posterior aprobación por el Gobierno de Navarra.
ñ) Proponer las convocatorias de concursos para la provisión de jefaturas de unidades orgánicas del Organismo Autónomo y, en su caso, los nombramientos interinos, en tanto se provean por el sistema reglamentario.
o) Proponer las bases, normas y baremos de méritos generales de las convocatorias para la provisión, traslado y promoción de plazas y puestos en la Hacienda Tributaria de Navarra.
p) Incoar expedientes disciplinarios por la comisión de faltas muy graves y la formulación al Gobierno de Navarra de la correspondiente propuesta de resolución.
q) Resolver los expedientes disciplinarios que correspondan por la comisión de faltas leves y graves.
r) Aprobar el plan anual de vacaciones, jornada laboral y horarios, conforme al régimen general aprobado por el Gobierno de Navarra.
s) El nombramiento interino de los Jefes de Sección, de Negociado o de otras unidades administrativas de la Hacienda Tributaria de Navarra.
t) La asignación al personal de una plaza determinada, así como los cambios en relación con plazas ocupadas o vacantes.
u) La concesión de las vacaciones, licencias y permisos reglamentariamente establecidos y la autorización para la realización de horas extraordinarias, en las condiciones establecidas normativamente.
v) La resolución de las solicitudes de reducción de jornada del personal del Organismo Autónomo, previo informe cuando proceda del responsable de la unidad orgánica correspondiente.
x) La autorización para residir en localidad distinta a la de destino, previo informe del responsable de la unidad orgánica correspondiente.
y) Resolver las reclamaciones previas a la vía jurisdiccional social y civil, salvo las reclamaciones en materia de personal.
z) Cuantas se le encomienden en relación con su cargo por el Consejero de Economía y Hacienda o por el Consejo de Gobierno.
- Artículo modificado (12 (letra v)) por DECRETO FORAL 131/2011, de 24 de agosto, por el que se modifica la estructura orgánica del Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, aprobada por Decreto Foral 119/2007, de 3 de septiembre.
(NA de 31-08-2011) en vigor desde 31-08-2011
