Articulo 12 Fomento del Emprendimiento
Artículo 12. Simplificación y eliminación de trabas administrativas.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La Administración de la Junta de Andalucía determinará las áreas prioritarias de actuación en orden a proceder a la progresiva reducción y eliminación de cargas administrativas que generen un mayor coste a la actividad emprendedora.
2. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los procedimientos administrativos, competencia de la Junta de Andalucía, sobre incentivos y ayudas que afecten a la actividad emprendedora y al colectivo de autónomos, se realizarán obligatoriamente mediante tramitación electrónica, y la Administración de la Junta de Andalucía quedará también obligada a propiciar la consulta de forma telemática del estado de dicha tramitación.
