Articulo 12 General de Publicidad
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»Artículo 10.
Vigente
El anunciante tiene derecho a controlar la ejecución de la campaña de publicidad.
Para garantizar este derecho, las organizaciones sin fines lucrativos constituidas legalmente en forma tripartita por anunciantes, agencias de publicidad y medios de difusión podrán comprobar la difusión de los medios publicitarios y, en especial, las cifras de tirada y venta de publicaciones periódicas.
Esta comprobación se hará en régimen voluntario.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el regimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la proteccion de los consumidores y usuarios.
(BOE de 31-12-2009) en vigor desde 01-01-2010