Articulo 12 Gestión Piscícola de Navarra
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 12. Circunstancias impeditivas para la obtención de licencia.
Vigente
No podrán obtener licencia de pesca ni tendrán derecho a la renovación:
a) Quienes no reúnan las condiciones y requisitos que se establezcan para su obtención.
b) Las personas inhabilitadas para obtenerla por sentencia judicial firme.
c) Las personas infractoras de la presente ley foral o normas que la desarrollen, a las que, por resolución firme recaída en expediente sancionador, se les haya impuesto sanción de inhabilitación.
d) Las personas infractoras de la presente ley foral o normas que la desarrollen, que no hayan cumplido la sanciones y demás obligaciones impuestas por resolución firme recaída en expediente sancionador.