Articulo 12 Gobierno de Illes Balears
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»Artículo 12. Responsabilidad política
Vigente
1. El presidente responde políticamente ante el Parlamento, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria del Gobierno y de la directa de cada uno de sus miembros por su gestión.
2. La delegación de funciones ejecutivas del presidente en el vicepresidente o en un consejero no lo exime de la responsabilidad política ante el Parlamento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-02-2019 en vigor desde 03-02-2019