Articulo 12 Impuestos esp...s de Álava

Articulo 12 Impuestos especiales de Álava

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Artículo 12. Determinación de las bases

Vigente

1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 40 de este Decreto Normativo, la determinación de las bases imponibles se efectuará en régimen de estimación directa.

2. La estimación indirecta de bases imponibles será aplicable a los supuestos y en la forma previstos en la Norma Foral General Tributaria.