Articulo 12 Institut Vale...ern (IVAM)

Articulo 12 Institut Valencià d Art Modern (IVAM)

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Artículo 12. Funciones de la Dirección y de la Gerencia

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1. Funciones de la Dirección.

Corresponderá a la Dirección del IVAM la gestión ordinaria del instituto. En concreto, le corresponderán las siguientes funciones:

a) La dirección artística del instituto de conformidad con lo acordado por el Consejo Rector.

b) La ejecución de los acuerdos del Consejo Rector y del Consejo Asesor.

c) La preparación del plan anual de actividades y la presentación de la memoria anual.

d) De acuerdo con los términos establecidos en la normativa de patrimonio cultural valenciano, la aprobación de la salida temporal, sea cual sea el destino, de las obras artísticas que sean titularidad del IVAM fuera de las instalaciones del museo.

e) La aceptación de los depósitos de obras artísticas de otra titularidad al museo. La Dirección informará de estas actuaciones al Consejo Rector en el pleno siguiente a adoptarlas.

f) El mantenimiento de las relaciones protocolarias e institucionales del museo, sin perjuicio de las competencias del presidente.

g) Todas las otras que el Consejo Rector o la Presidencia le encomiende o delegue.

2. Funciones de la Gerencia.

a) La dirección económico-administrativa del instituto de conformidad con lo acordado por el Consejo Rector.

b) La ejecución de los acuerdos del Consejo Rector y del Consejo Asesor.

c) La dirección del personal del ente y su gestión. Esta competencia incluye la negociación colectiva, la propuesta de la relación de puestos de trabajo y del organigrama y de la oferta de empleo público. Proponer al Consejo Rector los criterios que tienen que regir el desarrollo de los procesos selectivos de personal laboral propio de la entidad. La ejecución de los procesos selectivos, así como la contratación y despido del personal laboral propio de la entidad.

d) La ejecución de las facultades, como órgano de contratación, ordinarias de la entidad en los contratos, sin perjuicio de las autorizaciones preceptivas y el deber de suministro de la información previstos en la normativa de aplicación.

e) La preparación del anteproyecto de presupuesto y la presentación ante el Consejo Rector para su aprobación. La formulación de las cuentas anuales comprensivas del balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, memoria e informe de gestión para que los apruebe el Consejo Rector. La administración de los ingresos del instituto y la política de mecenazgo. La autorización de las modificaciones presupuestarias que le correspondan, de acuerdo con los términos previstos en la normativa vigente de hacienda pública y presupuestos.

f) La política de responsabilidad social, transparencia y sostenibilidad.

g) La seguridad y el control administrativo de los bienes y valores constitutivos del patrimonio del ente.

h) La resolución de aquellas reclamaciones que puedan plantearse en materia de responsabilidad patrimonial. La resolución de recursos administrativos de reposición y extraordinario de revisión, cuando proceda dentro de su ámbito de competencia.

i) Todas las otras que el Consejo Rector, la Presidencia o la Dirección le encomiende o delegue.