Articulo 12 Juego y apuestas y de prevención del juego problemático y patológico
Articulo 12 Juego y apues...patológico

Articulo 12 Juego y apuestas y de prevención del juego problemático y patológico

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 12. Juego del bingo.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El juego del bingo, que se desarrollará exclusivamente en salas de bingo autorizadas, es una lotería que se juega con números aleatorios que pueden ir sobre un soporte físico o electrónico. Las modalidades, variedades, elementos y combinaciones ganadoras de este juego se establecerán en el Catálogo de Juegos y Apuestas de La Rioja y en su reglamento específico.

2. Ningún establecimiento que no esté autorizado como "sala de bingo" puede ostentar esta denominación ni la de "Bingo", quedando prohibidos los juegos que, con el mismo o distinto nombre, constituyan en esencia modalidades de bingo no autorizadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-03-2022 en vigor desde 31-03-2022