Articulo 12 Junta de Contratación Pública y procedimientos y registros a su cargo
Artículo 12. Acceso al Portal y remisión de información y documentos.
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Copiloto jurídico
1. Los interesados podrán acceder al Portal de Contratación a través del Portal de Navarra (www.navarra.es) o directamente a través de "www.contrataciones.navarra.es" La Junta de Contratación Pública podrá acordar la utilización de nuevos accesos.
2. El uso del Portal supone la aceptación incondicional de las condiciones de su utilización.
3. El acceso al Portal se realizará de forma que se garantice un control de la autenticación de los usuarios, aplicando modos de acceso estandarizados con un nivel de seguridad alto e integrable en los sistemas de autenticación de la infraestructura del Gobierno de Navarra. Tras la autenticación se realizará la autorización de los usuarios utilizando, en lo posible, las metodologías implantadas en el Gobierno de Navarra.
4. Los envíos de documentos preceptivos, forma y plazos de remisión de los datos sujetos a inscripción en los Registros que soportará el Portal, así como los modelos de fichas que servirán de soporte para ello, se establecerán mediante acuerdo de la Junta de Contratación Pública.
5. La Junta de Contratación Pública establecerá el formato y especificaciones de los medios informáticos a emplear por las entidades contratantes para el cumplimiento de lo establecido en este Decreto Foral.
