Articulo 12 Ley de la Jurisdicción social
Articulo 12 Ley de la Jur...ión social

Articulo 12 Ley de la Jurisdicción social

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 12. Régimen legal.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los conflictos de competencia entre los órganos jurisdiccionales del orden social y los de otros órdenes de la jurisdicción se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-10-2011 en vigor desde 11-12-2011