Articulo 12 Mediación fam... I Balears

Articulo 12 Mediación familiar de I. Balears

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Artículo 12. Número de mediadores y mediadoras

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1. La mediación puede llevarse a cabo con la intervención de un mediador o una mediadora o de varios, que deben actuar de forma coordinada, dependiendo de la complejidad de la temática o porque así lo decidan las partes en conflicto.

2. Los mediadores y las mediadoras pueden contar, si lo consideran oportuno, con la colaboración de técnicos y técnicas que intervengan en calidad de personas expertas, especialmente en las mediaciones entre más de dos partes.