Articulo 12 medidas adicionales para reforzar la lucha contra el fraude fiscal y otras modificaciones tributarias
Ver Indice
»Artículo 12. -Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se modifica el apartado Dos del artículo 24 de la Norma Foral 9/1989, de 30 de junio, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, que quedará redactado en los siguientes términos.
«Dos. Toda variación de los datos catastrales deberá ser notificada al sujeto pasivo del impuesto, de acuerdo con los criterios generales que rigen la notificación de los actos administrativos.».

