Articulo 12 Medidas administrativas y de organizacion
Artículo 12. Disolución y liquidación del «Centre Català de Promoció i Reconversió Industrial, Sociedad Anónima» («CECAPRI, Sociedad Anónima») y el «Institut Català de Telemàtica Aplicada, Sociedad Anónima».
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1. Se autoriza la cesión al Centro de Información y Desarrollo Empresarial (CIDEM) de la titularidad de las acciones de la empresa pública «Institut Català de Telemàtica Aplicada, Sociedad Anónima», propiedad de la Generalidad de Cataluña.
2. En cumplimiento de lo que dispone el artículo 36 de la Ley 4/1985, de 29 de marzo, del Estatuto de la empresa pública catalana, se aprueba la disolución y se autoriza la liquidación de las sociedades «Centre Català de Promoció i Reconversió Industrial, Sociedad Anónima» («Cecapri, Sociedad Anónima») e «Institut Català de Telemàtica Aplicada, Sociedad Anónima», una vez ejecutadas plenamente todas las labores de reconversión referentes a ambas empresas. El Centro de Información y Desarrollo Empresarial debe realizar todos los trámites precisos para proceder a su disolución y liquidación, de acuerdo con la normativa aplicable.
