Articulo 12 Medidas de contención de rentas en contratos de arrendamiento de vivienda
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»Artículo 12. Reembolso de cantidades percibidas en exceso
Vigente
En las viviendas arrendadas con sujeción al régimen de contención de rentas regulado por la presente ley, el cobro por el arrendador de rentas que sobrepasen los límites establecidos por el artículo 6 da derecho al arrendatario a obtener la restitución de las cantidades abonadas en exceso, con devengo del interés legal del dinero, incrementado en tres puntos.
(NOTA: Artículo declarado inconstitucional y nulo con los efectos previstos en el fundamento jurídico 8 de la STC 37/2022, de 10 de marzo)