Articulo 12 Medidas tributarias, patrimoniales, financieras y administrativas
Ver Indice
»Artículo 12. Modificación de la Ley 1/2015, de 10 de febrero, de medidas tributarias, administrativas y financieras de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Vigente
Se da nueva redacción a la letra a) del artículo 37, que queda redactado de la siguiente forma:
"a) Los actos de aplicación de los tributos cedidos por el Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura, de los recargos establecidos por ésta sobre los tributos estatales y la imposición de sanciones derivadas de unos y otros, que se regirán por lo previsto en la legislación general tributaria".

