Articulo 12 Medidas Urgen...nistracion

Articulo 12 Medidas Urgentes de Modernizacion del Gobierno y la Administracion

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Artículo 12.

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Se introduce un nuevo artículo 63 bis en la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, para el caso de graves incumplimientos por los municipios en el ejercicio de las competencias urbanísticas.

Se introduce el artículo 63 bis con la siguiente redacción:

«En los casos de grave incumplimiento por los municipios en el ejercicio de competencias urbanísticas que impliquen una manifiesta afectación a la ordenación del territorio y urbanismo, competencia de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, con audiencia al municipio afectado, dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo autonómico, y previo informe favorable de la Asamblea de Madrid, podrá atribuir a la Consejería competente en estas materias el ejercicio de las competencias de planeamiento que corresponden a los municipios conforme a lo dispuesto en el presente Capítulo V.

El Acuerdo del Consejo de Gobierno delimitará el ejercicio de dicha potestad necesario para restablecer y garantizar las competencias afectadas, las condiciones para llevarlo a cabo, con la intervención del municipio en los procedimientos que se tramiten en la forma que se prevea en el mismo Acuerdo, y el plazo de atribución, que en ningún caso será superior a cinco años desde su adopción.»