Articulo 12 Mercurio
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Artículo 12. Presentación de informes sobre grandes fuentes

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1. Los agentes económicos que operan en los sectores industriales contemplados en el artículo 11, letras a), b) y c), remitirán a las autoridades competentes de los Estados miembros afectados, a más tardar el 31 de mayo de cada año, la siguiente información:

a)

datos sobre la cantidad total de residuo de mercurio almacenada en cada una de sus instalaciones;

b)

datos sobre la cantidad total de residuo de mercurio enviada a las diferentes instalaciones encargadas del almacenamiento temporal, la transformación y, en su caso, la solidificación de residuo de mercurio o el almacenamiento permanente de residuo de mercurio que haya sido sometido a transformación y, en su caso, a solidificación;

c)

la ubicación y los datos de contacto de cada una de las instalaciones contempladas en la letra b);

d)

una copia del certificado facilitado por el operador de la instalación encargado del almacenamiento temporal de residuo de mercurio, de conformidad con el artículo 14, apartado 1;

e)

una copia del certificado facilitado por el operador de la instalación encargado de la transformación y, en su caso, de la solidificación de residuo de mercurio, de conformidad con el artículo 14, apartado 2;

f)

una copia del certificado facilitado por el operador de la instalación encargado del almacenamiento permanente de residuo de mercurio que haya sido sometido a transformación, y en su caso a solidificación, de conformidad con el artículo 14, apartado 3.

2. Los datos a que se refiere el apartado 1, letras a) y b), se expresarán mediante los códigos establecidos en el Reglamento (CE) n.º 2150/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (16).

3. Las obligaciones establecidas en los apartados 1 y 2 dejarán de aplicarse a los agentes económicos que exploten instalaciones de cloro-álcali a partir de un año después de la fecha en que todas las células de mercurio explotadas por dichos agentes económicos hayan sido desmanteladas de conformidad con la Decisión de Ejecución 2013/732/UE y todo el mercurio haya sido entregado a instalaciones de gestión de residuos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-05-2017 en vigor desde 13-06-2017