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Articulo 12 Metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica

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Artículo 12. Determinación del término de otros costes a incluir en el cálculo del término de la energía del precio voluntario al pequeño consumidor.

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El valor del coste correspondiente a otros costes asociados al suministro en el periodo tarifario p, OCh, se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:

OCh = CCOMh + CCOSh + CCVh + CAPh + INTh+ EDSRh

Siendo:

CCOMh: Cuantía relativa al pago de los comercializadores para la financiación de la retribución del Operador del Mercado Ibérico de Energía, Polo Español, expresada en euros/MWh y fijada de acuerdo a la normativa en vigor en cada momento. Esta cuantía será la misma para todas las horas y periodos tarifarios.

CCOSh: Cuantía relativa al pago de los comercializadores para la financiación de la retribución del Operador del Sistema, expresada en euros/MWh y fijada de acuerdo con la normativa de aplicación. Esta cuantía será la misma para todas las horas y periodos tarifarios.

CCVh: Término variable horario de los costes de comercialización, expresado en euros/MWh, que será calculado y tomará el valor que resulte de acuerdo con lo previsto en la normativa en vigor. Los componentes de este término serán calculados por el operador del sistema y publicados el día anterior al del suministro, para cada una de las24 horas del día siguiente.

CAPh: Pago de los mecanismos de capacidad de generación correspondiente al consumo en la hora h, expresado en euros/MWh, y fijados de acuerdo con la normativa de aplicación en cada momento.

INTh: Cuantía horaria relativa al pago de los comercializadores de referencia para la financiación del servicio de interrumpibilidad expresada en euros/MWh de acuerdo a lo previsto en la normativa de aplicación. Este precio será calculado por el operador del sistema y publicado el día anterior al del suministro, para cada una de las 24 horas del día siguiente.

EDSRh: Cuantía relativa al pago o cobro de los comercializadores por el excedente o déficit de la liquidación de energía de subastas de renovables expresada en euros/MWh. Este precio será calculado por el operador del sistema y publicado el día anterior al del suministro, para cada una de las 24 horas del día siguiente; a estos efectos el Operador del Mercado comunicará al Operador del Sistema el importe horario del excedente o déficit económico resultante de liquidar la diferencia entre los precios del mercado diario y de la primera sesión del mercado intradiario respecto al precio establecido para cada instalación. El Operador del Sistema calculará esta componente con el método establecido en el procedimiento de operación P.O: 14.12 "Estimación del coste de los componentes del precio voluntario para el pequeño consumidor".

(NOTA: Artículo con efectos desde la aplicación efectiva de la metodología de cálculo de los cargos de electricidad que, a su vez, surtirá efectos simultáneamente con la metodología de cálculo de los peajes de transporte y distribución aprobados en la Circular 3/2020, de 15 de enero, y en ningún caso antes del 1 de junio de 2021)