Articulo 12 Modelo 193 de... 291 y 196

Articulo 12 Modelo 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del IS e IRNR y modificación de diseños físicos y lógicos de los modelos 291 y 196

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Artículo 12. Reglas aplicables al suministro de información en el modelo 193 en el supuesto de que existan varios perceptores titulares de un mismo elemento patrimonial, bien o derecho de que provengan las rentas o rendimientos del capital mobiliario objeto del modelo.

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Exclusivamente a los efectos del suministro informativo del modelo 193, en aquellos supuestos en que existan varios perceptores titulares de un mismo elemento patrimonial, bien o derecho de que provengan las rentas o rendimientos del capital mobiliario objeto del modelo, el obligado tributario deberá realizar el citado suministro informativo individualizando los datos económicos correspondientes a cada uno de los cotitulares del mismo elemento patrimonial, bien o derecho que conste de manera fehaciente al obligado tributario. En defecto de constancia fehaciente, la proporción de participación se deberá atribuir a cada unos de los cotitulares, a los citados efectos informativos, por partes iguales.