Articulo 12 NormaForal22/2015,de29dediciembre,demodificacióndelanormativareguladoradedeterminadosimpuestos
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»Artículo 12. Operaciones de reestructuración y resolución de entidades de crédito
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Lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Norma Foral 37/2013, de 13 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, será de aplicación a las transmisiones del negocio o de activos o pasivos realizadas por entidades de crédito a favor de otra entidad de crédito, al amparo de la normativa de reestructuración bancaria, aun cuando no se correspondan con las operaciones mencionadas en los artículos 101 y 111 de la citada Norma Foral.
