Articulo 12 Normas complementarias para la celebración de las elecciones al Parlamento de 12 de mayo
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»Artículo 12. Campaña electoral
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12.1 La campaña electoral tiene una duración de quince días. Empieza el trigesimoctavo día posterior al de la convocatoria y finaliza a las cero horas del día anterior al señalado para la votación.
12.2 Durante los cinco días anteriores al de la votación, queda prohibida la publicación, la difusión total o parcial, la reproducción o el comentario de los elementos o resultados de cualquier encuesta o sondeo de opinión, así como las operaciones de simulación de voto llevadas a cabo a partir de sondeos de opinión que estén directa o indirectamente relacionados con las elecciones.
12.3 Los envíos postales de propaganda para las elecciones tienen franquicia y servicio especial.
